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18-07-16 El CGPJ investiga a un juez de Granada por la demora de sus sentencias durante años
18 de julio de 2016
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene abiertas varias investigaciones al titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Granada, el magistrado Carlos Martínez Robles, por la demora en sus sentencias durante años, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.
Se da la circunstancia de que este mismo juez ya fue sancionado en dos ocasiones anteriores, en 2004 y 2005, por el CGPJ por tardar demasiado en resolver los asuntos de su juzgado, entonces el Penal 1 de Granada. En 2004, fue suspendido de empleo y sueldo durante un mes y en 2005 se le impuso una suspensión de ocho meses, pero en ambos casos, tras un recurso presentado por su abogado, el Tribunal Supremo (TS) revocó la sanción por haber caducado el expediente sancionador.
Sin embargo, como consecuencia de la última sanción, la de 2005, Martínez Robles perdió su plaza y fue destinado a Cartagena (Murcia). Así, y después de que la sanción fuera revocada en 2008, el magistrado reclamó al CGPJ que le abonara el pago del alquiler (además de dietas) al que tuvo que hacer frente en aquella ciudad, entre el 6 de marzo de 2006 y el 20 de marzo de 2007, periodo en el que ocupó la plaza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cartagena.
El TS le dio la razón y condenó al órgano de gobierno de los jueces a pagarle los gastos de alquiler, un total de 23.000 euros, en una sentencia inédita hasta entonces.
Ahora, el magistrado se enfrenta a una nueva investigación, aunque desde un juzgado diferente, por alrededor de medio centenar de casos que están pendientes de sentencia. Uno de los afectados es el administrador único de la Autoescuela Luna, Juan de Dios Valero, quien ha explicado a Europa Press que llevó a los tribunales a una entidad bancaria por un contrato de permuta financiera y que lleva esperando sentencia desde enero de 2013, fecha en la que se celebró el juicio.
El asunto le ha generado problemas financieros pues, a la hora de pedir un préstamo, consta en el Banco de España como deudor de un 'swap' o permuta financiera. "Estoy atado de pies y manos porque el Juzgado no dicta sentencia cuando hace tres años y medio que se celebró el juicio", ha indicado.
18-07-16 El CGPJ investiga a un juez de Granada por la demora de sus sentencias durante años
18 de julio de 2016
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene abiertas varias investigaciones al titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Granada, el magistrado Carlos Martínez Robles, por la demora en sus sentencias durante años, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.
Se da la circunstancia de que este mismo juez ya fue sancionado en dos ocasiones anteriores, en 2004 y 2005, por el CGPJ por tardar demasiado en resolver los asuntos de su juzgado, entonces el Penal 1 de Granada. En 2004, fue suspendido de empleo y sueldo durante un mes y en 2005 se le impuso una suspensión de ocho meses, pero en ambos casos, tras un recurso presentado por su abogado, el Tribunal Supremo (TS) revocó la sanción por haber caducado el expediente sancionador.
Sin embargo, como consecuencia de la última sanción, la de 2005, Martínez Robles perdió su plaza y fue destinado a Cartagena (Murcia). Así, y después de que la sanción fuera revocada en 2008, el magistrado reclamó al CGPJ que le abonara el pago del alquiler (además de dietas) al que tuvo que hacer frente en aquella ciudad, entre el 6 de marzo de 2006 y el 20 de marzo de 2007, periodo en el que ocupó la plaza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cartagena.
El TS le dio la razón y condenó al órgano de gobierno de los jueces a pagarle los gastos de alquiler, un total de 23.000 euros, en una sentencia inédita hasta entonces.
Ahora, el magistrado se enfrenta a una nueva investigación, aunque desde un juzgado diferente, por alrededor de medio centenar de casos que están pendientes de sentencia. Uno de los afectados es el administrador único de la Autoescuela Luna, Juan de Dios Valero, quien ha explicado a Europa Press que llevó a los tribunales a una entidad bancaria por un contrato de permuta financiera y que lleva esperando sentencia desde enero de 2013, fecha en la que se celebró el juicio.
El asunto le ha generado problemas financieros pues, a la hora de pedir un préstamo, consta en el Banco de España como deudor de un 'swap' o permuta financiera. "Estoy atado de pies y manos porque el Juzgado no dicta sentencia cuando hace tres años y medio que se celebró el juicio", ha indicado.
18-07-16 Las nuevas normas para recurrir ante el Tribunal Supremo entran en vigor el próximo viernes
18 de julio de 2016
La reforma amplía el catálogo de sentencias que se pueden recurrir aunque limita a 25 folios la extensión de los escritos.
El próximo viernes 22 de julio serán ya de aplicación las novedades introducidas introducen en los recursos de casación ante el Tribunal Supremo tras la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). La reforma amplía el catálogo de sentencias que se pueden recurrir ante el alto tribunal y limita a 25 folios la extensión de los recursos ante la Sala de lo Contecioso-Administrativo de este órgano.
En principio, serán recurribles en casación todas las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso de los Tribunales Superiores de Justicia, las de los Centrales de lo Contencioso y las de los Juzgados de lo Contencioso en algunos supuestos.
Criterio del interés casacional
La Ley también ha modificado el criterio para determinar la admisión del recurso de casación (que hasta ahora venía representado prioritariamente por la cuantía del asunto) y se ha introducido el criterio del interés casacional objetivo, que debe ser apreciado por la Sala del Tribunal Supremo como base para la admisión del recurso.
En cuanto a las pautas de presentación de los escritos responden al nuevo artículo 87 de la LOPJ, que faculta al alto tribunal determinar "la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas, incluidas las relativas a su presentación por medios telemáticos, de los escritos de interposición y de oposición a los recursos de casación".
La extensión aprobada, según el acuerdo de la Sala de Gobierno del alto tribunal, incluye las notas a pie de página, esquemas o gráficos que pudieran incorporarse , y obliga a utilizar como fuente 'times new roman' con un tamaño de 12 puntos de texto y de 10 puntos en las notas de pie de página. También fijan los espacios de interlineado y márgenes de los escritos, así como la forma de numerar los papeles.
Aunque la Ley únicamente menciona los escritos de interposición y oposición al recurso de casación, el acuerdo incluye también, "a modo de recomendación", otras pautas referidas a otros escritos que pueden presentarse, como es el de preparación que los abogados deben anunciar ante el tribunal que impuso la sentencia que quieren impugnar. Estos no deberán sobrepasar los 15 folios.
Lo justifica en el "previsible aumento del número de recursos que se presentarán por esta vía" ante la Sala Tercera, que a juicio de los magistrados de la Sala de Gobierno "exigirá un notable esfuerzo por su parte y la imprescindible colaboración de los profesionales que acudan a este tribunal".
18-07-16 Las nuevas normas para recurrir ante el Tribunal Supremo entran en vigor el próximo viernes
18 de julio de 2016
La reforma amplía el catálogo de sentencias que se pueden recurrir aunque limita a 25 folios la extensión de los escritos.
El próximo viernes 22 de julio serán ya de aplicación las novedades introducidas introducen en los recursos de casación ante el Tribunal Supremo tras la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). La reforma amplía el catálogo de sentencias que se pueden recurrir ante el alto tribunal y limita a 25 folios la extensión de los recursos ante la Sala de lo Contecioso-Administrativo de este órgano.
En principio, serán recurribles en casación todas las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso de los Tribunales Superiores de Justicia, las de los Centrales de lo Contencioso y las de los Juzgados de lo Contencioso en algunos supuestos.
Criterio del interés casacional
La Ley también ha modificado el criterio para determinar la admisión del recurso de casación (que hasta ahora venía representado prioritariamente por la cuantía del asunto) y se ha introducido el criterio del interés casacional objetivo, que debe ser apreciado por la Sala del Tribunal Supremo como base para la admisión del recurso.
En cuanto a las pautas de presentación de los escritos responden al nuevo artículo 87 de la LOPJ, que faculta al alto tribunal determinar "la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas, incluidas las relativas a su presentación por medios telemáticos, de los escritos de interposición y de oposición a los recursos de casación".
La extensión aprobada, según el acuerdo de la Sala de Gobierno del alto tribunal, incluye las notas a pie de página, esquemas o gráficos que pudieran incorporarse , y obliga a utilizar como fuente 'times new roman' con un tamaño de 12 puntos de texto y de 10 puntos en las notas de pie de página. También fijan los espacios de interlineado y márgenes de los escritos, así como la forma de numerar los papeles.
Aunque la Ley únicamente menciona los escritos de interposición y oposición al recurso de casación, el acuerdo incluye también, "a modo de recomendación", otras pautas referidas a otros escritos que pueden presentarse, como es el de preparación que los abogados deben anunciar ante el tribunal que impuso la sentencia que quieren impugnar. Estos no deberán sobrepasar los 15 folios.
Lo justifica en el "previsible aumento del número de recursos que se presentarán por esta vía" ante la Sala Tercera, que a juicio de los magistrados de la Sala de Gobierno "exigirá un notable esfuerzo por su parte y la imprescindible colaboración de los profesionales que acudan a este tribunal".
15-07-16 La Fiscalía no ve delito en Fernández Díaz pero ordena investigar a De Alfonso por revelación de secretos
15 de julio de 2016
Se remiten a la Fiscalía de Madrid actuaciones por revelación de secretos y a la de Barcelona por malversación
La Fiscalía del Tribunal Supremo no ve delito alguno en la actuación del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en relación con el contenido de las conversaciones que mantuvo en su despacho ministerial con el exdirector de la Oficina Antifraude de Cataluña, Daniel de Alfonso.
No obstante, encomienda a las Fiscalías de Madrid y Barcelona que valoren si pudieron cometerse delitos de revelación de secretos y malversación de caudales públicos en relación con estos hechos por parte de De Alfonso, que es una persona no aforada y sobre la que por tanto carece de competencia.
Así consta en una nota de prensa remitida este jueves por la Fiscalía General del Estado que se refiere a las denuncias presentadas por ERC y Catalunya Sí que es Pot contra el ministro y el responsable de la Oficina Antifraude de Cataluña.
Concretamente, la Fiscalía del Supremo ha valorado que, en relación con las denuncias contra el ministro, único aforado ante este órgano, que "del contenido de las conversaciones no se desprenden indicios suficientes para iniciar una investigación penal por preconstitución falsa de pruebas, prevaricación administrativa ni por los restantes tipos penales" por los que Fernández Díaz fue denunciado por ERC.
División de las actuaciones
A partir de ahí, y aludiendo a "hechos denunciados relativos a personas no aforadas" como lo es De Alfonso, la Fiscalía General del Estado ha derivado parte de las actuaciones a la Fiscalía Provincial de Madrid y otra parte a la de Barcelona.
A la primera le corresponderá valorar si existió delito de revelación de secretos, mientras que el Ministerio Público catalán deberá investigar "una posible malversación de caudales públicos".
El Ministerio Público se pronuncia de este modo sobre las denuncias que interpusieron ERC, PSC y Catalunya Sí que es Pot tras la publicación de la conversación mantenida entre el ministro del Interior y De Alfonso. En concreto, ERC presentó una querella en la Fiscalía de Barcelona --que posteriormente fue remitida al Tribunal Supremo-- contra los dos interlocutores en la que denunciaba que ambos tenían intención de desprestigiar a la formación catalana.
Además, la candidatura de Catalunya Sí que es Pot registró una denuncia ante la Fiscalía contra ambos al considerar que, en el caso del ministro del Interior había incurrido en delitos de "prevaricación mediata o, si es el caso, de partícipe a título de 'extraneus", es decir, que respondería de los hechos como inductor o cooperado necesario o bien como simple cómplice.
En el caso de De Alfonso le acusaban de un delito de prevaricación administrativa por cursar instrucciones o dictar resoluciones de inicio, impulso, paralización o concatenación de actuaciones con el fin de perjudicar a una persona, para menoscabar su crédito u honorabilidad.
También creía que debía ser objeto de investigación por ese delito si De Alfonso aceptó instrucción de otra autoridad --el ministro-- contraviniendo la ley de la Oac que aclara que su director "no recibe instrucción de ninguna autoridad en el ejercicio de sus acciones". Además, considera que ha cometido delito de revelación de secretos, ya que la ley el organismo configura legalmente "el deber de secreto", y no ve que sea lícito el contenido de la grabación.
La grabación, en manos de la fiscalía
La conversaciones, que tuvieron lugar entre el 2 y el 16 de octubre de 2014 y en las que, entre otros temas hablan de posibles elementos incriminatorios contra determinadas personas que la Oac podía estar investigando, obran en manos de la Fiscalía después de que el diario 'Público', las entregara el pasado 30 de junio.
El medio hizo entrega en un 'pen drive' de los archivos de audio y remitieron un escrito en el que detallaban que dichos audios llegaron a la redacción del periódico de forma anónima y que entregaban todo este material "por si procediera realizar de oficio algún tipo de actuación o diligencia, sin hacer valoración jurídica alguna sobre su objeto y contenido
En estas conversaciones se escucha a Fernández Díaz y a De Alfonso discutiendo sobre cómo encontrar algún dato comprometedor sobre algunos líderes nacionalistas catalanes en torno a la celebración de la consulta catalana del 9 de noviembre, según publicó en su día el diario digital Público, que tuvo acceso a las grabaciones.
Entre ellos se encuentran el líder de ERC, Oriol Junqueras, el dirigente de CDC, Felip Puig y el líder de CDC en el Congreso de los Diputados, Francesc Homs.
Otro de los nombres que salieron en las charlas fue el del ex alcalde de Barcelona Xavier Trías al que presuntamente le atribuyeron un delito de blanqueo a través de una cuenta en Suiza.
Por su parte, el PSC presentó en un juzgado de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) una querella por presuntas calumnias contra De Alfonso alegando que apuntó al partido como responsable de la "filtración" de sus conversaciones con el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
En la denuncia, el partido consideró que "sin ninguna prueba" el que fuera director de la Oficina Antifraude de Cataluña "concluyó y relacionó" que la investigación de la Oac sobre presunta financiación ilegal del PSC pudo llevar a éste a filtrar las conversaciones recientemente publicadas.
15-07-16 La Fiscalía no ve delito en Fernández Díaz pero ordena investigar a De Alfonso por revelación de secretos
15 de julio de 2016
Se remiten a la Fiscalía de Madrid actuaciones por revelación de secretos y a la de Barcelona por malversación
La Fiscalía del Tribunal Supremo no ve delito alguno en la actuación del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en relación con el contenido de las conversaciones que mantuvo en su despacho ministerial con el exdirector de la Oficina Antifraude de Cataluña, Daniel de Alfonso.
No obstante, encomienda a las Fiscalías de Madrid y Barcelona que valoren si pudieron cometerse delitos de revelación de secretos y malversación de caudales públicos en relación con estos hechos por parte de De Alfonso, que es una persona no aforada y sobre la que por tanto carece de competencia.
Así consta en una nota de prensa remitida este jueves por la Fiscalía General del Estado que se refiere a las denuncias presentadas por ERC y Catalunya Sí que es Pot contra el ministro y el responsable de la Oficina Antifraude de Cataluña.
Concretamente, la Fiscalía del Supremo ha valorado que, en relación con las denuncias contra el ministro, único aforado ante este órgano, que "del contenido de las conversaciones no se desprenden indicios suficientes para iniciar una investigación penal por preconstitución falsa de pruebas, prevaricación administrativa ni por los restantes tipos penales" por los que Fernández Díaz fue denunciado por ERC.
División de las actuaciones
A partir de ahí, y aludiendo a "hechos denunciados relativos a personas no aforadas" como lo es De Alfonso, la Fiscalía General del Estado ha derivado parte de las actuaciones a la Fiscalía Provincial de Madrid y otra parte a la de Barcelona.
A la primera le corresponderá valorar si existió delito de revelación de secretos, mientras que el Ministerio Público catalán deberá investigar "una posible malversación de caudales públicos".
El Ministerio Público se pronuncia de este modo sobre las denuncias que interpusieron ERC, PSC y Catalunya Sí que es Pot tras la publicación de la conversación mantenida entre el ministro del Interior y De Alfonso. En concreto, ERC presentó una querella en la Fiscalía de Barcelona --que posteriormente fue remitida al Tribunal Supremo-- contra los dos interlocutores en la que denunciaba que ambos tenían intención de desprestigiar a la formación catalana.
Además, la candidatura de Catalunya Sí que es Pot registró una denuncia ante la Fiscalía contra ambos al considerar que, en el caso del ministro del Interior había incurrido en delitos de "prevaricación mediata o, si es el caso, de partícipe a título de 'extraneus", es decir, que respondería de los hechos como inductor o cooperado necesario o bien como simple cómplice.
En el caso de De Alfonso le acusaban de un delito de prevaricación administrativa por cursar instrucciones o dictar resoluciones de inicio, impulso, paralización o concatenación de actuaciones con el fin de perjudicar a una persona, para menoscabar su crédito u honorabilidad.
También creía que debía ser objeto de investigación por ese delito si De Alfonso aceptó instrucción de otra autoridad --el ministro-- contraviniendo la ley de la Oac que aclara que su director "no recibe instrucción de ninguna autoridad en el ejercicio de sus acciones". Además, considera que ha cometido delito de revelación de secretos, ya que la ley el organismo configura legalmente "el deber de secreto", y no ve que sea lícito el contenido de la grabación.
La grabación, en manos de la fiscalía
La conversaciones, que tuvieron lugar entre el 2 y el 16 de octubre de 2014 y en las que, entre otros temas hablan de posibles elementos incriminatorios contra determinadas personas que la Oac podía estar investigando, obran en manos de la Fiscalía después de que el diario 'Público', las entregara el pasado 30 de junio.
El medio hizo entrega en un 'pen drive' de los archivos de audio y remitieron un escrito en el que detallaban que dichos audios llegaron a la redacción del periódico de forma anónima y que entregaban todo este material "por si procediera realizar de oficio algún tipo de actuación o diligencia, sin hacer valoración jurídica alguna sobre su objeto y contenido
En estas conversaciones se escucha a Fernández Díaz y a De Alfonso discutiendo sobre cómo encontrar algún dato comprometedor sobre algunos líderes nacionalistas catalanes en torno a la celebración de la consulta catalana del 9 de noviembre, según publicó en su día el diario digital Público, que tuvo acceso a las grabaciones.
Entre ellos se encuentran el líder de ERC, Oriol Junqueras, el dirigente de CDC, Felip Puig y el líder de CDC en el Congreso de los Diputados, Francesc Homs.
Otro de los nombres que salieron en las charlas fue el del ex alcalde de Barcelona Xavier Trías al que presuntamente le atribuyeron un delito de blanqueo a través de una cuenta en Suiza.
Por su parte, el PSC presentó en un juzgado de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) una querella por presuntas calumnias contra De Alfonso alegando que apuntó al partido como responsable de la "filtración" de sus conversaciones con el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
En la denuncia, el partido consideró que "sin ninguna prueba" el que fuera director de la Oficina Antifraude de Cataluña "concluyó y relacionó" que la investigación de la Oac sobre presunta financiación ilegal del PSC pudo llevar a éste a filtrar las conversaciones recientemente publicadas.
15-07-16 El Consejo General del Poder Judicial convoca los Premios Calidad de la Justicia 2016
15 de julio de 2016
Los galardones reconocen a proyectos encaminados a conseguir una Justicia más eficaz, más transparente y más accesible
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy convocar una nueva edición de los Premios Calidad de la Justicia, que cada año reconocen y distinguen a órganos y oficinas judiciales y otros organismos relacionados con la Administración de Justicia que hayan destacado por sus actividades de mejor de la calidad del servicio público y por la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos mediante buenas prácticas de gestión.
Los premios, que se crearon en 2009 y que se concedieron por primera vez el año siguiente, se otorgan en tres modalidades: experiencia para conseguir una Justicia más eficaz, experiencia para conseguir una Justicia más transparente y experiencia para conseguir una Justicia más accesible.
Cada una de las modalidades tiene dos categorías: una dedicada a órganos u oficinas judiciales y otra que comprende a las demás entidades u organismos destinados con la Administración de Justicia.
Los interesados en la convocatoria tendrán de plazo hasta el próximo 20 de septiembre para presentar una memoria justificativa en la que se describa el proyecto, se expongan sus resultados y se explique la innovación que supone, que podrán remitir por correo ordinario -a la siguiente dirección: calle Marqués de la Ensenada, 8 . 28071 Madrid- o por correo electrónico a premioscalidadjusticia@cgpj.es
El jurado estará integrado por los vocales del CGPJ Gerardo Martínez Tristán -que lo preside-, Mar Cabrejas y Juan Martínez Moya y por un representante de cada una de las siguientes profesiones jurídicas: abogado, procurador, fiscal, letrado de la Administración de Justicia y graduado social.
En la edición de 2015, los órganos y oficinas judiciales premiados fueron el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia, los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, la Audiencia Provincial de Castellón y el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
Por su parte, los organismos relacionados con la Administración de Justicia galardonados fueron la Fiscalía General del Estado, el Consejo General de la Abogacía Española, la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia de la Generalitat de Catalunya, el Gobierno de Canarias; la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia; y la empresa Logisman Aragón S.L.
15-07-16 El Consejo General del Poder Judicial convoca los Premios Calidad de la Justicia 2016
15 de julio de 2016
Los galardones reconocen a proyectos encaminados a conseguir una Justicia más eficaz, más transparente y más accesible
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy convocar una nueva edición de los Premios Calidad de la Justicia, que cada año reconocen y distinguen a órganos y oficinas judiciales y otros organismos relacionados con la Administración de Justicia que hayan destacado por sus actividades de mejor de la calidad del servicio público y por la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos mediante buenas prácticas de gestión.
Los premios, que se crearon en 2009 y que se concedieron por primera vez el año siguiente, se otorgan en tres modalidades: experiencia para conseguir una Justicia más eficaz, experiencia para conseguir una Justicia más transparente y experiencia para conseguir una Justicia más accesible.
Cada una de las modalidades tiene dos categorías: una dedicada a órganos u oficinas judiciales y otra que comprende a las demás entidades u organismos destinados con la Administración de Justicia.
Los interesados en la convocatoria tendrán de plazo hasta el próximo 20 de septiembre para presentar una memoria justificativa en la que se describa el proyecto, se expongan sus resultados y se explique la innovación que supone, que podrán remitir por correo ordinario -a la siguiente dirección: calle Marqués de la Ensenada, 8 . 28071 Madrid- o por correo electrónico a premioscalidadjusticia@cgpj.es
El jurado estará integrado por los vocales del CGPJ Gerardo Martínez Tristán -que lo preside-, Mar Cabrejas y Juan Martínez Moya y por un representante de cada una de las siguientes profesiones jurídicas: abogado, procurador, fiscal, letrado de la Administración de Justicia y graduado social.
En la edición de 2015, los órganos y oficinas judiciales premiados fueron el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia, los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, la Audiencia Provincial de Castellón y el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
Por su parte, los organismos relacionados con la Administración de Justicia galardonados fueron la Fiscalía General del Estado, el Consejo General de la Abogacía Española, la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia de la Generalitat de Catalunya, el Gobierno de Canarias; la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia; y la empresa Logisman Aragón S.L.
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